Julio 2022

ISSN 2346-9323
ACTUALIDAD | ECONOMÍA & VIVEROS

SENASA y la floricultura argentina

Habla el coordinador del Programa Nacional de Sanidad de Material de Propagación, Micropropagación y/o Multiplicación Vegetal de la Dirección de Información Estratégica del SENASA: Ing. Agr. Juan Manuel Alonso.

El SENASA (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria) es un organismo descentralizado y autárquico del Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca de la Nación. Su principal tarea es la de ejecutar las políticas nacionales en materia de sanidad y calidad animal y vegetal, e inocuidad de los alimentos.

En líneas generales, las acciones estratégicas fitosanitarias con las que el SENASA trabaja están basadas en dos tipos de plagas: las cuarentenarias (aquellas que no se encuentran en el país, pero que es sabido que generan un daño económico de importancia), y las No Cuarentenarias Reglamentadas (aquellas que sí están presentes, pero que, por el daño que generan a nivel económico productivo, requieren ser reguladas), explica el Ing. Agr. Juan Manuel Alonso, coordinador del Programa Nacional de Sanidad de Material de Propagación, Micropropagación y/o Multiplicación Vegetal de la Dirección de Información Estratégica.

En este sentido, el Programa Nacional de Sanidad de Material de Propagación, Micropropagación y/o Multiplicación Vegetal del SENASA es el encargado de llevar adelante el Registro Nacional Fitosanitario de Operadores de Material de Propagación, Micropropagación y/o Multiplicación Vegetal (RENFO), en el cual, los viveristas deben registrarse para cumplir con el control fitosanitario correspondiente a los fines de proteger el patrimonio fitosanitario nacional.

El Programa creado por la Resolución SENASA 203/2012 tiene como funciones establecer las condiciones sanitarias de producción de los materiales de propagación, el registro de operadores, el tránsito, la identificación de plagas potenciales, como así también capacitar y difundir las acciones del Programa, entre otras cosas. Actualmente, la Resolución SENASA 1678/2019 es la normativa vigente que establece las condiciones para el registro de viveros en el RENFO, continúa explicando Alonso.

Con qué documentación debe contar un vivero para estar en regla con este organismo.

En el marco de la Resolución SENASA 1678/2019, donde se establecen las condiciones para el registro de viveros en el RENFO, los viveros productores o revendedores deben contar con una inscripción vigente. En la actualidad, la inscripción se realiza electrónicamente mediante la plataforma de Trámites a Distancia.

Asimismo, según el tipo de material de propagación manipulado, quienes realicen la tarea deberán cumplir con los requisitos específicos de cada material. Por ejemplo, en el caso de los cítricos, se debe cumplir, además, con la Resolución SENASA 930/09, que establece la producción y el mantenimiento de la planta bajo cubierta.

Una vez inscripto, el operador podrá confeccionar el Documento de Tránsito Sanitario Vegetal Electrónico (DTV-e) para amparar el tránsito federal de plantas. Cabe destacar que un DTV-e establece que el origen de esos materiales cumple con toda la normativa vigente al momento de confección del documento.

¿Novedades del SENASA en relación con el sector florícola?

Desde el Área de Fiscalización Digital del SENASA, se están llevando adelante acciones de fiscalización en canales de venta electrónica de publicaciones de plantas o partes de plantas de las especies priorizadas por la Res. SENASA 1678/2019 (Consultar el listado). El objetivo es controlar el cumplimiento de la normativa vigente en relación con el registro de estos operadores en el RENFO y sus condiciones de producción.

¿Cuál es el vínculo del SENASA con la CITES?

Mediante la Ley 22.344, la Argentina ratificó la Convención sobre el Comercio de Especies de la Fauna y Flora Silvestre Amenazadas (CITES), posteriormente reglamentada por el Decreto N° 522/97. Este decreto designa como autoridad administrativa a los fines de la Ley al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Por lo tanto, al momento de una operación de comercio exterior que involucre especies de la convención CITES, el SENASA solicita al Ministerio de Ambientey Desarrollo Sostenible la aprobación correspondiente.

¿Cuáles son los problemas sanitarios, respecto del sector florícola, que más preocupa al SENASA?

Actualmente, el SENASA, junto al INASE, interviene en la cadena de producción de plantas cítricas de manera conjunta, a los efectos de cumplir con la certificación obligatoria de los cítricos establecida por la Res. Ex. SAGPyA 149/1998 y sus modificatorias. El objetivo central es lograr plantas de mejor calidad al mismo tiempo que se previene la diseminación de la enfermedad del HLB y de las Plagas No Cuarentenarias Reglamentadas del cultivo de cítricos.

Por último, hay que destacar la importancia del trabajo cotidiano con los productores y responsables técnicos de vivero, el cual contribuye a la sanidad y calidad de los materiales, desde la semilla, en todo su proceso, hasta el momento de su comercialización. Y, también, la buena predisposición y el nivel de participación de los técnicos a la hora de capacitarse en los cursos de habilitación o actualización de responsables técnicos de vivero, que dicta el SENASA.

 

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